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FRAMING

Un frame o marco es la división de la pantalla del surfer en dos o mas cuadros que muestran contenidos de dos o más sitios simultaneamente.

A primera vista esta definición resulta un poco confusa máxime si se le compara con el concepto de linking.

El sistema de cuadros o marcos fue introducido por Netscape en su versión 2 del navegador. Los frames son creados por la inclusión de comandos en el código HTML de la página, estableciendo un link con otro sitio y mostrando ese otro sitio dentro de una ventana o marco.

A diferencia con el proceso de linking, el usuario o surfer permanece en el sitio en el cual estaba desde un principio pero ve también el contenido del otro sitio en marco especifico o frame. En ese sentido el browser del usuario sigue exhibiendo el sitio que estableció los marcos, haciendo muchas veces que el usuario no sea conciente de que el contenido que está en el marco o ventana corresponde a otro sitio.

Un ejemplo de sistema de frames puede ser encontrado en http://www.totalnews.com/.

Generalmente hablando la práctica de establecer frames es considerada parasitaria del trabajo de otros y como puede pensarse la principal queja desde el punto de vista legal es que produce confusión en el usuario.

Las páginas o sites están protegidas por las leyes de derechos de autor y dependerá de la legislación pertinente de cada país, definir que derechos le asisten para la protección de su obra.

Por ejemplo bajo la legislación Colombiana (ley 23 de 1982 y ley 44 de 1993) es claro que el autor de toda obra adquiere protección por el mero hecho de la creación.

Esa protección le confiere derechos patrimoniales y morales sobre la obra y dentro de estos últimos se encuentran los siguientes:


“A. Reivindicar en todo tiempo la paternidad de su obra y, en especial, para que se indique su nombre o seudónimo cuando se realice cualquiera de los actos mencionados en el artículo 12 de esta Ley;


B. A oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación de la obra, cuando tales actos puedan causar o causen perjuicio a su honor o a su reputación, o la obra se demerite, y a pedir reparación por éstos;


C. A conservar su obra inédita o anónima hasta su fallecimiento, o después de él cuando así lo ordenase por disposición testamentaria;


D. A modificarla, antes o después de su publicación;


E. A retirarla de la circulación o suspender cualquier forma de utilización aunque ella hubiese sido previamente autorizada.”

En ese orden de ideas el propietario de una página tiene básicamente el derecho a impedir que la misma sea deformada y reproducida sin su autorización. Bajo la legislación de Estados Unidos existen los mismos derechos para los autores de obras, de impedir que las mismas sean reproducidas sin su autorización.

El Problema Legal de los Frames

Desde el punto de vista legal hay muchas formas en que los frames pueden ser considerados una forma de infracción de derechos de autor.

Así por ejemplo, el derecho de autorizar o impedir la reproducción que tiene el propietario de la página que ha sido objeto de marcos o el derecho de impedir que las obras sean modificadas sin su autorización ( al establecer frames es indudable que se modifica la forma en que dicha página se muestra a los usuarios).

Finalmente es claro que el derecho de distribución de la obra, así como su divulgación pueden verse también infringidos por una práctica de framing.

El caso más conocido en materia de framing es sin duda el de The Washington Post and others vs Total News en donde los primeros demandaron a éste ultimo por la práctica de incluir en frames los contenidos noticiosos de los primeros, obviando los banners publicitarios que aquellos tenían contratados. Para una relación de todos los casos sobre framing y acceso a los mismos remítase a la sección de jurisprudencia de este sitio.

Finalmente esta claro que en el caso de framing no es posible aplicar su criterio de legalidad a priori, en esencia por que el usuario esta viendo solo una dirección o URL mientras observa contenidos pertenecientes a otros site lo cual sin duda genera fácilmente confusión.

Adicionalmente es claro que en mucha formas el sistema de framing puede ser usado para infracciones marcarias, competencia desleal, infracciones de derechos de autor y desviación de la clientela entre otros.

Recomendaciones Prácticas

Es aconsejable que al momento de crear una página se redacten los disclaimers o (avisos legales) pertinentes que regulen este aspecto en concreto. Por último es importante se sigan estas recomendaciones básicas al momento de establecer marcos o frames de otra páginas:

.- Evite establecer frames sin contar con una autorización expresa del propietario de la página.


- Es altamente recomendable establecer avisos de advertencia para el usuario o surfer acerca de que está viendo contenidos de varias páginas, con lo cual se está evitando generar confusiones.

Si va a establecer marcos o frames debe establecer los disclaimers o avisos legales de claridad respecto de que la creación de los frames y exhibición de diversos contenidos no implica aval sobre los mismos, relación o responsabilidad, especialmente respecto de las ofertas comerciales que allí se anuncien.

 

  Internet
 

 

 

 

A la caza legal de los usuarios en España de Kazaa y otros
por Javier Hernández Martínez

¿ Quién es el cazador ?
Aunque aún no se sepa oficialmente, sí se conoce a quién han acudido para desplegar todo su armamento en contra de todo aquel usuario, residente en España, y que use programas enmarcados en lo que se ha dado en llamar P2P, o peer to peer, que simplemente significa usar software que conecta directamente ordenadores de unos usuarios, domésticos, a los de otros, con la finalidad siempre del intercambio de archivos vía on line, sin pasar éstos por algún otro servidor intermedio. Ejemplo archipopular de ello es el famosísimo programa Kazaa, con el cual podemos descargar de la Red infinidad de archivos gratuitamente, ya sea de temas musicales, películas, software, etc.
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(Fotos: ®freefoto.com)

 

 

 

La revolución publicitaria en Internet Vs los Derechos de Autor.

Con el advenimiento de la publicidad a través del sistema de baners animados surgió un nuevo concepto, el de los pop up ads, (llamada en español publicidad emergente) los cuales son pequeñas ventanas que se abren automáticamente cuando un usuario ingresa a una pagina o sitio determinado y que anuncia productos, servicios o promociones del propietario de dicha página o de terceras personas . Si el usuario decide hacer clic en el gráfico de un anuncio emergente, éste se cerrará y lo dirigirá a otra ventana, generalmente de tamaño completo transportándolo al sitio Web o URL elegido al que esta vinculado el pop up ad. Si el usuario decide no hacer clic en el gráfico, generalmente el anuncio se cerrará automáticamente en un periodo de tiempo relativamente breve o el usuario cuenta con la opción de cerrar el pop up ads haciendo clic en el botón “X” de la esquina superior derecha.

 

Cuando los pop up son patrocinados o pertenecen a la página que se esta visitando al momento de ser desplegados se les denomina genéricamente pop up ad propios y suelen clasificarse por los publicistas y webmaters en tres categorías:

 

“a) Entry pop-ups : El pop up ad es desplegado tan pronto como el usuario accede al sitio del que hace parte el pop up ad.

b) Exit pop-up: El pop up ad es desplegado solo al momento en que el usuario abandona el sitio del que hace parte el pop up ad.

c) Delayed pop-ups : El pop up ad es desplegado momentos después de que el usuario ha accedido al sitio del que hace parte el pop up ad. Esto permite al visitante observar el contenido antes de que la publicidad aparezca.

 

No obstante lo anterior, en el año 2001 una nueva tendencia empezó a estar en boga, los denominados pop under ads que son pequeñas ventanas publicitarias que se despliegan cuando un usuario accede a un sitio en particular, pero que a diferencia de los pop up ads, no interrumpen o se despliegan en la pantalla del usuario, sino que se colocan justo detrás del sitio que se esta visitando en ese momento dado. El pop under ad, permanece entonces oculto como una página que se ha accedido en Internet pero que no ha sido visualizada por el usuario, quien solo se percatará de su presencia cuando empiece a cerrar todos y cada uno de los sitos que haya visitado y/o que se hayan desplegado en una ventana nueva.

Junto a los pop up ads y los pop under ads recientemente ha surgido una nueva especie denominada pop spam ads cuya principal característica es que estos son enviados a la pantalla del usuario aun cuando éste no se encuentre visitando ningún sitio. Simplemente es una versión técnica modificada, de los mensajes utilizados por el servicio de Messenger que despliega pequeñas ventanas informativas respecto de si alguien está o no en línea, o si el usuario requiere ejecutar alguna acción.

 

Estos pop spam ads incluso han llegado a ser utilizados en actividades fraudulentas y de engaño a los consumidores por lo que en la actualidad ya existen antecedentes judiciales al respecto

 

Microsoft planea lanzar a mediados del 2004 un sistema para blokear pop up ads como parte de su programa Service Pack 2, para windows XP.

 

Esta campaña técnica anti-pop up ads solo está siguiendo la tendencia mundial de combatir esta molesta modalidad publicitaria. Hace menos de quince días AOL incorporó esta función directamente en su programa como proveedor de servicios de Internet, para impedir el despligue de de pop spam ads.

Otros programas como Opera, Mozilla and Netscape ya habían dado su primer paso en la guerra contra los pop up ads, pero de forma facultativa, no impositiva como lo hizo AOL, lo cual permite en el caso de los primeros, que sea directamente el usuario el que habilite está función.

 

Las páginas en Internet, su diseño y presentación grafica, están amparadas por las disposiciones de la ley 23 de 1982, artículos 12 y 30 y la decisión 351 del acuerdo de Cartagena (para el caso Colombiano) y por las disposiciones del copyright Act de 1976 de Estados Unidos de América. ¿Elementos técnicos que impidan el despliegue de dichos pop up ads, generarían una transformación en la obra que no ha sido previamente autorizada por su titular ?

 

A nivel de legislaciones anti pop up ads, como fue reseñado día atrás en este mismo portal, la Directiva 58 de 2002 de la comunidad Europea fue la primera norma en el mundo sobre este tema, la cual entró en vigor el pasado 31 de Octubre, pero solo respecto de pop up ads generados o desplegados sobre la existencia de un spyware o un adware


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